Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190513-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

81
Madrid número 12. Procedimiento 587 de 2018, notificación a Seguridad Integral Canaria, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 587/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANTIAGO PEREZ ARQUERO frente a SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA y D./Dña. JUAN CARLOS SANTOS BARJA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“En la ciudad de Madrid, a 11 de abril de 2019.

Vistos por el Ilmo. Sr. D Jesús Andrés Nevado Nevado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid los presentes autos nº 587/18, seguidos entre partes, como demandante D. Santiago Pérez Arquero, y como demandados Seguridad Integral Canaria, Administrador Concursal Juan Carlos Santos Barja y FOGASA; sobre reclamación de cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 103/2019

………

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por D. Santiago Pérez Arquero contra Seguridad Integral Canaria, Administrador Concursal Juan Carlos Santos Barja y FOGASA, debo condenar y condeno a la empresa codemandada a abonar al actor la cantidad de 2042,47 euros, así como al interés del diez por ciento sobre esta cantidad, con la responsabilidad del Administrador Concursal que resulta de lo establecido en la Ley Concursal.

Asimismo, debo condenar y condeno subsidiariamente al FOGASA, dentro de los límites del artículo 33 ET.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, que es firme, no cabe recurso alguno”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.265/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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