Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
14-05-2019

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190514-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

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Andalucía. Málaga. Sala de lo Social. Procedimiento 2.032 de 2018, notificación a Segetur, S. A., y otros

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña María del Carmen Ortega Ugena, letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Certifico: En el recurso de suplicación número 2.032 de 2018 se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Fallamos

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por don Manuel Reyes Martín, debemos confirmar y confirmamos la sentencia dictada en fecha 29 de enero de 2018, por el Juzgado de lo social número 9 de Málaga, en sus autos 318 de 2017, promovidos por el citado recurrente frente a las entidades.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, el que deberá prepararse en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de este fallo.

Líbrese certificación de la presente sentencia para el rollo a archivar en este Tribunal incorporándose el original al correspondiente libro.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado Segetur, S. A. y Asset Managers Gestión Turística, S. L. U., cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, advirtiendo a dicha parte que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o cédula den la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de emplazamiento.

Dado en Málaga, a 9 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.900/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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