Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
14-05-2019

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190514-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 12

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Madrid número 12. Procedimiento 544 de 2014, notificación a Salah Eddin El Morabet

EDICTO

Don Luis Espinosa Navarro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 12 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 544 de 2014, instados por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de Harinas Arganda y Salvanés, S. L., contra don Salah Eddin El Morabet, don Said Ahamjik y Horno Samosa, S. L., se ha dictado en fecha 19 de julio de 2018 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por Harinas Arganda y Salvanés, S. L., frente a la mercantil Horno Samosa, S. L., don Said Ahamjik y don Eddin El Morabet Salah, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la parte demandante las siguientes cantidades:

1) La cantidad de 32.028,33 euros.

2) Dicha cantidad será incrementada con los intereses de demora previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad.

Se imponen las costas de este procedimiento a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4672-0000-04-0544-14 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario”, Juzgado de lo mercantil número 12 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos: 4672-0000-040544-14.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-Juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Salah Eddin El Morabet, don Said Ahamjik y Horno Samosa, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 16 de abril de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.620/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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