Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190516-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Expropiación

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 15 de marzo de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

«Propuesta de la Concejalía Delegada de Hacienda para la “Declaración de Utilidad Pública” de la parcela ubicada en LA ALVEGA, a los efectos de su expropiación.

Visto el informe emitido por la TAG de Patrimonio, por el Director del Área de Contratación, Patrimonio y Seguros y por el Secretario-Titular del O.A. a la Junta de Gobierno Local de fecha 06-03-2019 y que a continuación se transcribe:

“ASUNTO: “EXPROPIACIÓN FINCA ALVEGA”

Con fecha 11 de junio de 2008 se suscribió Convenio entre este Ayuntamiento y la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa en orden a la “….adquisición, por expropiación forzosa del pro indiviso de la finca registral número 7963, bajo titularidad del Estado Español-Ministerio de Defensa..”, de superficie 84.000 metros cuadrados. (el 19,564 % de la Finca) en el área conocido como la ALVEGA comprometiéndose el Ayuntamiento a realizar en un plazo de cuatro años el expediente de expropiación forzosa.

En la Cláusula TERCERA de dicho Convenio se señalaba:

“Que el Ayuntamiento de Alcalá de Henares pretende obtener los terrenos necesarios para la ampliación del monte “Los Cerros”, de titularidad municipal, actualmente declarado monte de utilidad pública por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid número 262/200, de 7 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 21 de diciembre).

Dentro de la zona afectada por la ampliación se encuentra la finca registral número 7.963, cuyo proindiviso de 19,5645 % ha sido transmitido al Estado Español-Ministerio de Defensa en escritura pública de permuta, otorgada ante el Notario de Alcalá de Henares Don José María Moreno González el día 11 de junio de 2008 por lo que es su propósito el inicio de un expediente de expropiación forzosa del proindiviso de dicho inmueble de titularidad del Estado”.

Además en su estipulación TERCERA en el mencionado Convenio indica:

“A la firma del presente Convenio la GIED hace entrega al Ayuntamiento de Alcalá de Henares de la posesión de este inmueble, a efectos de su mantenimiento, conservación y custodia”.

Por otra parte consta en el expediente documento relativo a la “Integración de la finca rústica de la Alvega en los objetivos ambientales de gestión del Monte de Utilidad Pública número 180 “Los Cerros”. redactado por los Servicios Jurídicos de la concejalía de Medio Ambiente: Se hace constar que parte de la finca número 7963 cuya adquisición se prevé, se encuentra …limitada en cuanto a su uso por las restricciones asociadas al Monte de Utilidad Pública de los Cerros, además de las del Lugar de Importancia Comunitaria “Cuencas de los Ríos Jarama y Henares”… Los terrenos corresponden al 19,5645 % (equivalente a 84.000 metros cuadrados de la finca registral 7.963, y que se corresponde con la parcela 3 del polígono 14 de rústica “la Alvega”, cuya referencia catastral es 28005A014000030000XI.

“En dicho documento se concluye”…

“Con la integración de esta superficie en el conjunto del espacio protegido de los Cerros, se logrará alcanzar una recuperación ambiental del Monte de forma continua y de esta forma ofrecer a los ciudadanos un verdadero espacio natural del que poder disfrutar sin ir en detrimento de su calidad.

En este sentido y tal y como se ha indicado previamente, su ubicación entre espacios de que gozan de gran protección como es el propio Monte de Utilidad Pública y el río Henares, le otorgan un valor claro como elemento cohesionador y de continuidad de las unidades del paisaje representadas y su valor ambiental.

Su recuperación permitirá garantizar dicho valor para el patrimonio natural del municipio”.

Por todo ello, en cumplimiento del Convenio firmado en junio de 2018, así como justificada la utilidad pública de esta actuación según documento elaborado por los Servicios Técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente señalado se informa favorablemente la posibilidad sin perjuicio del informe del Interventor General Municipal de que por la Junta de Gobierno Local proceda a aprobar:

— La “Declaración de Utilidad Pública” de la parcela ubicada en la finca LA ALVEGA a los efectos de su expropiación, de conformidad con los artículos 94 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

— Proceder a la publicación de este Acuerdo en la forma a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y con notificación personal al INVIED, afectado por la expropiación, para que pueda aportar por escrito cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la relación publicada u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que han de fundamentar motivadamente.

— La Junta de Gobierno Local, acuerda por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada y, en consecuencia:

1.o) La “Declaración de Utilidad Pública” de la parcela ubicada en la finca LA ALVEGA a los efectos de su expropiación, de conformidad con los artículos 94 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

2.o) Proceder a la publicación de este Acuerdo en la forma a que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y con notificación personal al INVIED, afectado por la expropiación, para que pueda aportar por escrito cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la relación publicada u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que han de fundamentar motivadamente.

Alcalá de Henares, a 27 de marzo de 2019.—El concejal-delegado de Hacienda, Fernando Fernández Lara.

(02/11.923/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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