Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190516-42

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Alcobendas. Organización y funcionamiento. Protocolo incidencias arbolado

Mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Alcobendas 3002/2019, de fecha 13 de marzo, se procedió a aprobar el Protocolo de Actuación y Gestión de Incidencias sobre arbolado de dominio público en situaciones meteorológicas excepcionalmente adversas, cuyo textual es:

APROBACIÓN PROTOCOLO ACTUACIÓN Y GESTIÓN DE INCIDENCIAS SOBRE ARBOLADO DE DOMINIO PÚBLICO EN SITUACIONES METEOROLÓGICAS EXCEPCIONALMENTE ADVERSAS

El Plan Territorial de Protección Civil de Alcobendas, en adelante PEMUAL, aprobada su última y vigente revisión en el año 2015, contempla como objetivo esencial del mismo, que motiva precisamente su formulación y aprobación, abordar la disposición de los medios humanos y materiales necesarios para hacer frente a situaciones de emergencia general en Alcobendas, “proporcionando la máxima protección para las personas, bienes y el medio ambiente”.

Para conseguir ese objetivo general el PEMUAL define una serie de acciones encaminadas a tal fin, destacando por lo que ahora importa las relativas a “identificar, analizar y evaluar los diferentes riesgos y elementos vulnerables que afectan al municipio”, “definir las medidas de prevención para evitar o reducir los riesgos detectados, así como unas primeras medidas de respuesta frente a estos riesgos una vez que se hayan materializado”, “disponer la integración de los planes de actuación municipales y planes municipales específicos de protección civil que se elaboren y asegurar la integración del Plan municipal en los planes de ámbito superior, PLATERCAM y Planes Especiales, en caso necesario” (Objetivos y Alcance del PEMUAL. Documento de Introducción).

A partir de lo anterior y considerando igualmente la normativa general de directa aplicación en este ámbito material, representada por la legislación de régimen local, artículos 25.2 y 26.1.c) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, y la dictada sobre protección civil en el ámbito estatal, singularmente, la Ley 2/1985, de Protección Civil, artículos 10 y 14; el Real Decreto 407/1992, que aprueba la Norma Básica de Protección Civil; el Real Decreto 393/2007, que aprueba la Norma Básica de Autoprotección, disposición final segunda, y en el regional madrileño, Decreto 85/1992, de creación del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, el PLATERCAM; Orden 1647/1996 que aprueba el Plan de Protección Civil ante Inclemencias Invernales de la Comunidad de Madrid, esta corporación ha elaborado el denominado Protocolo de Actuación y Gestión de incidencias sobre arbolado de dominio público en situaciones meteorológicas excepcionalmente adversas; plan singular, vinculado al PEMUAL y a esa normativa general y sectorial citada, en tanto instrumento de autoprotección preventivo ante esas situaciones meteorológicas y de gestión ordinaria de incidencias por el arbolado público.

En concreto, respecto a esas situaciones de riesgo climatológico, el Protocolo pretende la consecución de un triple objetivo: (i) garantía de evacuación de espacios públicos en caso de riesgo para personas y bienes; (ii) articulación de mecanismos de ayuda exterior en caso de emergencia; (iii) disposición de recursos humanos convenientemente formados y organizados para afrontar con garantías las acciones requeridas en cada caso. Y en cuanto a la gestión ordinaria de incidencias, junto a los objetivos de formación de personal y procura de ayuda exterior, el Protocolo añade la elaboración una base de datos sobre el estado del arbolado en Alcobendas.

Por tanto, visto el contenido del Protocolo elaborado, en el que se han tenido en cuenta las distintas aportaciones realizadas por las áreas municipales en cuyos ámbitos de actuación incide ese documento y sin perjuicio de dar cuenta del mismo a la Comisión Local de Protección Civil en la siguiente sesión que celebre, es por lo que esta Alcaldía-Presidencia, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 124.4, letras g) y h), de la Ley 7/1985 citada, ha resuelto:

1. Aprobar el Protocolo de Actuación y Gestión de incidencias sobre arbolado de dominio público en situaciones meteorológicas excepcionalmente adversas, cuyos objetivos y líneas básicas de prevención e intervención se citan en la motivación anterior.

2. Publicar este decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la página web municipal, con traslado del mismo a las Áreas de Medio Ambiente, Seguridad Ciudadana y Protección Civil.

Alcobendas, a 24 de abril de 2019.—El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/15.764/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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