Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
20-05-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190520-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

149
Madrid número 41. Procedimiento 966 de 2018, notificación a Trapsatur, S. A. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 966/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SARA ARCINIEGA RODRIGUEZ y D./Dña. JUAN ANTONIO GONZALEZ HERNANDEZ frente a MUCHOVIAJE SA, GOWAII VACATION HOLDING SL, DESTINIA S.L.U, GLOBAL TRAVEL BOOKING S.L.U, DESTINIA SL, , NATURALEZA Y TURISMO S.L., TRAPSATUR S.A. y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. JUAN ANTONIO GONZALEZ HERNANDEZ y D./Dña. SARA ARCINIEGA RODRIGUEZ de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 5052-0000-00-0966-18.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TRAPSATUR SA y GOWAII VACATION HOLDING SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintitrés de abril de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.889/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190520-149