Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
21-05-2019

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190521-119

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42

119
Madrid número 42. Procedimiento 657 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 657/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FERNANDO JAVIER ANGLES ORTIZ frente a ERNST AND YOUNG ABOGADOS, SLP, FOGASA y I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 146/2019

En Madrid, a 8 de abril de 2019.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Belén Tomás Herruzo, Magistrada Juez del Juzgado de lo Social número 42 de Madrid, los presentes autos seguidos en este juzgado bajo el número 657/2018 a instancias de *****, defendido por la Letrada doña María Teresa Pérez-Cacho Francisco, contra MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L. y frente a Dental Global Management S.L y su Administración Concursal, que no comparecen, y el FOGASA, sobre DESPIDO, RESOLUCIÓN DE CONTRATO y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, se ha dictado la presente Sentencia resultando los siguientes:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda, origen de las presentes actuaciones promovida por **** frente a las mercantiles MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L. y DENTAL GLOBAL MANAGEMENT con intervención del FOGASA, debo declarar y declaro resuelto el contrato de trabajo entre el trabajador y la empresa MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L., condenando a MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L.U., a estar y pasar por dicha declaración y a que abone al demandante ***** en concepto de indemnización la cantidad de treinta y dos mil trescientos veintisiete euros con treinta céntimos de euro (32.327,30 euros).

Que ESTIMANDO la pretensión de RECLAMACIÓN de CANTIDAD acumulada y promovida por *****, debo condenar y condeno a MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S.L.U., a abonar al demandante la cantidad de ciento once mil seiscientos veintiséis euros (111.626 euros), que ha de ser incrementada en el 10 % de interés de mora.

Se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o de su representante dentro del plazo indicado.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.801/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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