Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
21-05-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190521-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

87
Madrid número 12. Ejecución 221 de 2018, notificación a Guillermo Santos Álvarez Soluciones Empresariales, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1253/2017 (ejecución 221/2018) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIANA FLORINA GHINEA, D./Dña. ELIAS NCHASO MBALA, D./Dña. SADIO MARENA, D./Dña. AMINA EL JAJJOUJI, D./Dña. ANA MARIA FERNANDEZ TORRES, D./Dña. AWA DONKY SOUMARE, D./Dña. JULIE AMANDA ARAUJO DA SILVA, D./Dña. SANNET MENDY, D./Dña. CARLOS PATRICIO VASQUEZ VASQUEZ, D./Dña. FATIMA ZAMRAE EL AMMADI, D./Dña. JEFFERSON MOLINA CRUZ, D./Dña. CARMEN HEREDIA RODRIGUEZ, D./Dña. MARY MENDY, D./Dña. GIANINA ELENA STEGARESCU, D./Dña. ALESSADRA OLIN MOERSCHBACHER, D./Dña. MARIA PAZ OTERO FERNANDEZ, D./Dña. MERCY YOLANDA ALVAREZ, D./Dña. ISABEL GARCIA POZO y D./Dña. CARLA ANDREA ZUÑIGA SALAZAR frente a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES EMPRESARIALES SL y CONTINENTAL HOTELS HISPANIA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado auto de Aclaración de Sentencia y del Auto despachando ejecución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo estimar la solicitud de la actora y aclarar tanto la sentencia como el auto en que se despacha ejecución, por lo que habrá de incluir en dicha condena a D.ª Ana María Fernández Torres, a quien la empresa Guillermo Santos Álvarez Soluciones Empresariales, S. L. deberá abonar la cantidad de 2.678,83 euros por los conceptos que se desglosan en el escrito de fecha 19-VII-18. A esta cantidad le es de aplicación el interés del artículo 29.3 del ET.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, así como contra la sentencia que aclara, no cabe recurso alguno, al ser la cantidad a cuyo pago se condena inferior a 3.000 euros en el caso de la actora, y haber transcurrido el plazo de cinco días para anunciar recurso de suplicación en el caso del resto de los actores, a quienes no afecta la presente resolución.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.

D./Dña. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GUILLERMO SANTOS ALVAREZ SOLUCIONES EMPRESARIALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/15.971/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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