Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190522-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

111
Madrid número 25. Procedimiento 467 de 2018, notificación a Masuma Ferdousi

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Silvia Ortiz Herrera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 467 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Dkuldeep Singh frente a don Masuma Ferdousi sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María García Ferreira.—En Madrid, a 6 de mayo de 2019.

Visto el estado de las actuaciones, y no estando citado en forma legal el demandado, don Masuma Ferdousi se suspende para el acto de conciliación y juicio que están señalados para el día 7 de mayo de 2019, a las 9:40 horas, se señala nuevamente para dichos actos la audiencia para el próximo día 4 de julio de 2019 a las 12:40 horas.

Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Masuma Ferdousi, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 6 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.888/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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