Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190523-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

72
Madrid número 10. Procedimiento 638 de 2017, notificación a SP Mining PTE LTD

EDICTO

Don José Carlos Gomila de Sande, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 638 de 2017, instados por el procurador don Luis de Villanueva Ferrer, en nombre y representación de Ar Business Travel, S. A., contra SP Mining Pte Ltd , en reclamación de 245.591,67 euros, en los que ha dictado, en fecha 19 de diciembre de 2018, sentencia número 258/2018, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por el procurador don Luis de Villanueva Ferrer, en nombre y representación de Ar Business Travel, S. A., contra la entidad SP Mining Pte Ltd, condeno a la entidad demandada a abonar a la actora la suma de 245.591,67 euros con los intereses legales y las costas del procedimiento a la parte demandada.

Así lo acuerda, manda y firma la señora doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de los de Madrid, de lo que doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, previo depósito de 50 euros, que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de “Banco Santander”, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la LOPJ, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Sp Mining Pte Ltd, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de febrero de 2019.—El Letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.481/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190523-72