Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190524-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

130
Madrid número 39. Procedimiento 51 de 2019, notificación a Estrategia y Planificación de Inversiones Temporales, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 51 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Chávez Tito, frente a Instalaciones de Electricidad y Comunicaciones, S. L., Estrategia y Planificación de Inversiones Temporales, S. L., Previsiones Integrales de Gestión 2013, S. L., y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se tiene por desistida la demanda en el presente proceso respecto de las demandadas Estrategia y Planificación de Inversiones Temporales, S. L., y Previsiones Integrales de Gestión 2013, S. L.

Continúese el proceso respecto de los demás demandados.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, doña María José Villagrán Moriana.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estrategia y Planificación de Inversiones Temporales, S. L., y a Previsiones Integrales de Gestión 2013, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 4 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/15.670/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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