Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
24-05-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190524-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

81
Madrid número 39. Procedimiento 380 de 2017, notifcación a Newatt Corporation, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 380 de 2017, entre Leroy Merlin España, S. L. y Newatt Corporation, S. L., en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 131 de 2018

En Madrid, a 25 de mayo de 2018.—Vistos por doña Lucía Legido Gil, magistradajuez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 380 de 2017, seguidos a instancias de la entidad Leroy Merlin España, S. L. U., representada por el procurador don Ignacio Melchor de Oruña, y asistida por la letrada doña Virginia Rodríguez Bardal, frente a la entidad Newatt Corporation, S. L., que fue declarada en situación de rebeldía procesal, sobre acción personal en reclamación de cantidad por incumplimiento contractual.

Fallo

Estimar sustancialmente la demanda interpuesta por el procurador don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de Leroy Merlin España, S. L. U., frente a la entidad Newatt Corporation, S. L., que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, condenar a la demandada a que abone a la actora la cantidad de ciento veintiséis mil doscientos setenta y dos euros con cuarenta céntimos (126.272,40 euros), con los intereses legales explicitados en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución, así como a que retire la mercancía en stock a que se alude en la fundamentación jurídica de la sentencia, conforme a lo interesado.

Se imponen las costas devengadas en la instancia a la parte demandada.

La presente sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá interponerse por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por lo que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de

primera instancia número 39 de Madrid.

Y para que sirva de notificación a Newatt Corporation, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.932/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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