Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190527-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 1

108
Arganda del Rey número 1. Procedimiento 216 de 2018, notificación a Eloy Conde Blanco

EDICTO

Doña María Magdalena González Sánchez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 216 de 2018, instados por el procurador don Hernan Kozak Cino, en nombre y representación de doña María Josefa Campanario Pérez, frente a don Eloy Conde Blanco, en los que se ha dictado en fecha 15 de abril de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador de los tribunales don Hernán Kozac Cino, en nombre y representación de doña María Josefa Campanario Pérez, frente a don Eloy Conde Blanco, y, en consecuencia, debo decretar y decreto la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados litigantes, con todos los efectos legales.

No hay pronunciamiento en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, con indicación de que no es firme y frente a la misma cabe formular recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2363-0000-33-0216-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Arganda del Rey, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2363-0000-33-0216-18.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Una vez que sea firme deberá ser inscrita en el Registro Civil de Madrid y al margen de las inscripciones del matrimonio.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Juez que la ha dictado, estando constituido en Audiencia Pública, en el mismo día de su pronunciamiento, ante el secretario judicial.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Eloy Conde Blanco, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Arganda del Rey, a 15 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.298/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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