Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2019

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190527-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

146
Móstoles número 2. Procedimiento 613 de 2018, notificación a Consultores de Firma Avanzada, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 613 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Izquierdo Adrián, frente a Consultores de Firma Avanzada, S. L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Se rectifica el error material en el que incurre el fallo de la sentencia, relativo a la fecha de efectos del despido del actor, que fue el 31 de mayo de 2018, siendo la fecha de extinción de la relación laboral la fecha de la sentencia, el 6 de noviembre de 2018.

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez doña Ana Fernández Valenti.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Consultores de Firma Avanzada, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 6 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.286/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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