Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190527-38

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

38
Alcobendas. Urbanismo. Segregación finca

Por Decreto del Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras y Licencias número 4679 de fecha 12 de abril de 2019, se ha adoptado la siguiente resolución:

“En 1973 y en el marco del Plan General de Ordenación de Alcobendas de 1968, se tramitó un proyecto de ordenación promovido por D. Ciriaco Sánchez Garrido y un proyecto de urbanización de la manzana conformada por las calles Avenida de Marqués de la Valdavia, Avenida de España y calle Dos de Mayo.

D. Ciriaco Sánchez Garrido era propietario de los terrenos con una extensión aproximada de 18.619,30 m2, que se corresponden con la finca registral n.o 21.034 cuya descripción es la siguiente, a fecha de 11 de abril de 1978:

Urbana: tierra en término de Alcobendas, al sitio denominado Camino de Colmenar, que tiene una superficie de dieciocho mil seiscientos diecinueve metros treinta decímetros cuadrados, igual a una hectárea ochenta y seis áreas diecinueve centiáreas y treinta decímetros cuadrados, que linda: Al Norte y Nordeste con la Avenida del Marques de la Valdavia; al Este con fincas de Bernardo Alonso García y Sandalio Aguado Perdiguero; al Sur con la misma finca de Bernardo Alonso García y finca de la “Compañía Telefónica Nacional de España SA” y al Oeste, con eje de la Avenida en proyecto que la separa de la finca de “Agrícola Industrial San Isidro S. A.”.

Entre los años 1977 y 1980, el Ayuntamiento de Alcobendas concede a D. Ciriaco Sánchez Garrido diversas licencias de segregación sobre la finca anteriormente descrita (Finca registral 21.034), condicionadas a que se urbanizara la zona verde, que terminara en plazo la urbanización y que se aportara documento notarial de compromiso de cesión, constando en el expediente el acta notarial de compromiso de cesión espacios públicos de fecha 10 de febrero de 1976.

Como consecuencia de las obras de urbanización finalmente ejecutadas, los viales y espacios públicos de cesión ocupan una superficie de 11.421,12 m2, (13.240,30 m2- 1.819,18 m2 = 11.421,12 m2), y se corresponden con el resto de la finca matriz de origen (21034).

De los 11.421,12 m2 de suelo de cesión, como consecuencia de las obras de urbanización finalmente ejecutadas, una parte corresponde a 10.611,12 m2 de cesión obligatoria que se destinan a viales públicos, y está conformada por una porción de la calle Marqués de la Valdavia, por la calle Velarde, porción de la calle Daoiz, una porción de la calle Dos de mayo y una porción de la Avda. de España. El resto se corresponde con una porción de 385 m2 de cesión obligatoria destinada a zona de recreo del antiguo colegio público Daoiz y Velarde (posteriormente espacio libre del antiguo edificio de la Universidad Popular de Alcobendas), y una porción de 425 m2 correspondiente a una zona destinada a servicios-instalaciones de las edificaciones colindantes. Sin embargo, ninguna de las fincas señaladas fue objeto de inscripción registral independiente en su día, constando como titular registral de las mismas la mercantil Inmuebles Edelmiro Feliú, S. A.

Dado que el artículo 36 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, establece que “Las Corporaciones Locales deberán inscribir en el Registro de la Propiedad sus bienes inmuebles y derechos reales, de acuerdo con lo previsto en la legislación hipotecaria” y que dicha legislación prevé, en los términos establecidos en los artículos 30 y 31 Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las siguientes normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, el procedimiento para la inscripción de terrenos de cesión obligatoria en virtud de certificación del órgano actuante, corresponde ahora incoar dicho expediente con el fin de proceder a la regularización registral de las citadas fincas de cesión obligatoria.

En consecuencia, vistos los antecedentes que obran en el expediente, en ejercicio de la competencia atribuida por la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Contratos del Sector Público y delegada en el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2018,

HE RESUELTO

1. Autorizar la segregación de la finca matriz núm. 21.034 de Alcobendas, cuyo historial jurídico obra a los folios 65, 1 y 2 y 90 a 92 de los tomos 304, 618 y 623 de los libros 265, 537 y 541 del Registro de la Propiedad número 2 de los de Alcobendas, de las porciones de terreno que se describen a continuación y que son de titularidad municipal por cesión obligatoria derivada del planeamiento (PGOU 1968 y Proyecto de Ordenación de 1973) y del Acta notarial de compromiso de cesión espacios públicos de fecha 10 de febrero de 1976:

— Descripción de la finca registral n.o 21.034 (finca matriz): Su descripción es la siguiente a fecha de 11 de abril de 1978:

Urbana: tierra en término de Alcobendas, al sitio denominado Camino de Colmenar, que tiene una superficie de dieciocho mil seiscientos diecinueve metros treinta decímetros cuadrados, igual a una hectárea ochenta y seis áreas diecinueve centiáreas y treinta decímetros cuadrados, que linda: Al Norte y Nordeste con la Avenida del Marques de la Valdavia; al Este con fincas de Bernardo Alonso García y Sandalio Aguado Perdiguero; al Sur con la misma finca de Bernardo Alonso García y finca de la “Compañía Telefónica Nacional de España SA” y al Oeste, con eje de la Avenida en proyecto que la separa de la finca de “Agrícola Industrial San Isidro SA”.

Titular: Inmueble Edelmiro Feliu, S. A.

Finca inscrita en el Registro de la Propiedad n.o 2 de Alcobendas, folios 65, 1 y 2 y 90 a 92 de los tomos 304, 618 y 623 de los libros 265, 537 y 541.

Entre los años 1977 y 1980, el Ayuntamiento de Alcobendas concede a D. Ciriaco Sánchez Garrido diversas licencias de segregación sobre la finca anteriormente descrita (Finca registral 21.034). En total se segregan 8 parcelas, que se corresponden con los terrenos ocupados por las edificaciones de los bloques de viviendas en las dos fases señaladas.

En efecto, de los 18.619,30 m2 de superficie de la finca matriz se segregaron 8 parcelas (578 m2 + 554 m2 + 561 m2 + 561 m2 + 561 m2 + 561 m2 + 575 + 1.428 m2) que alcanzaron un total de 5.379 m2, quedando un resto de 13.240,30 m2. No obstante, conforme con la descripción de la inscripción 2.a, de los 13.240,30 m2 “tras determinadas cesiones efectuadas para viales y espacios públicos su superficie es de mil ochocientos diecinueve metros con dieciocho decímetros cuadrados“. Este resto de 1.819,18 m2 constituye la finca registral 21.034 duplicado, sobre la cual se edificó un edificio de viviendas con licencia municipal de 1986 situado en la calle Dos de mayo Número 15,17,19,21 y 23.

La superficie de 11.421,12 m2 restante (13.240,30 m2 – 1.819,18 m2 = 11.421,12 m2), son los viales y espacios de cesión obligatoria que se segregan y una porción de 425 m2 correspondiente a una zona destinada a servicios-instalaciones de las edificaciones colindantes, que queda como resto de la finca matriz.

— Descripción de la parcela segregada n.o 1: red viaria.

Urbana: Parcela de terreno en término de Alcobendas, destinada a vial público. Tiene una superficie de diez mil seiscientos once metros con doce decímetros cuadrados, correspondiendo a porción de la calle Marqués de la Valdavia, calle Velarde, porción de la calle Daoiz, porción de la calle dos de mayo y porción de la Avenida de España. Dentro de su perímetro a modo de enclaves, se encuentran las fincas segregadas (correspondientes a las que se reseñan en las ocho notas, puestas al margen de la inscripción 1.a de la finca 21.034).

Forma parte del resto de la finca matriz de origen con un total de 11.421,12 m2 de suelo (Finca n.o 21.034), de la que se segrega.

Linda: al Norte y Nordeste con la Calle Marqués de la Valdavia; al Este con finca con referencia catastral 5784409VK4858N, sita en la Calle del Marqués de la Valdavia 57, con finca con referencia catastral 5784408VK4858N, sita en la Calle Velarde 3, con finca con referencia catastral 5784407VK4858S, sita en la Calle Velarde 5, con finca con referencia catastral 5784416VK4858S, sita en la Calle Daoiz 16, con finca con referencia catastral 5784417VK4858S, sita en la Calle Daoiz 14, con finca con referencia catastral 5784418VK4858S, sita en la Calle Daoiz 12; al Sur con finca con referencia catastral 5684601VK4858S, sita en la Calle Dos de mayo 15 a 23; al Oeste con la Avenida de España.

Referencia Catastral: sin referencia catastral.

Naturaleza del Dominio: Demanial-Red Viaria. Uso Público.

Valor: 49.766,15 euros.

— Descripción de la parcela segregada n.o 2: zona de recreo.

Finca correspondiente al espacio libre del antiguo edificio de la Universidad Popular de Alcobendas.

Urbana: Parcela de terreno en término de Alcobendas, destinada a espacio libre del antiguo edificio de la Universidad Popular de Alcobendas. Tiene una superficie de trescientos ochenta y cinco metros cuadrados. Forma parte del resto de la finca matriz de origen con un total de 11.421,12 m2 de suelo (Finca n.o 21.034).

Linda: al Norte con la calle Velarde; al Este con finca con referencia catastral 5784402VK4858N sita en la Calle Velarde 15; al Sur con la calle Daoiz y al Oeste con la finca con referencia catastral 5784401VK4858N sita en la Calle Velarde 21.

Referencia Catastral: Catastralmente esta parcela, es parte de la parcela con referencia catastral 5784401VK4858N sita en la Calle Velarde 21 de titularidad municipal.

Naturaleza del Dominio: Patrimonial (Norma Zonal 1, grado 2).

Valor: 598.415 euros.

— Descripción del resto de finca matriz

Urbana: Parcela de terreno en término de Alcobendas, destinada a zona de servicios-instalaciones de las edificaciones colindantes. Tiene una superficie de cuatrocientos veinticinco metros cuadrados. Forma parte del resto de la finca matriz de origen con un total de 11.421,12 m2 de suelo (Finca n.o 21.034).

Linda: al Norte con la calle Velarde; al Este con finca con referencia catastral 5784403VK4858N sita en la Calle Velarde 13; al Sur con la calle Daoiz y al Oeste con la finca con referencia catastral 5784401VK4858N sita en la Calle Velarde 21.

Referencia Catastral: 5784402VK4858N.

En la forma descrita es a lo que ha quedado reducida la finca de este número después de las segregaciones efectuadas.

2. Incoar expediente para la ocupación unilateral de las parcelas de cesión obligatoria y gratuita al Ayuntamiento, en virtud de lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 1968 y del proyecto de ordenación de fecha 1973 promovido por D. Ciriaco Sánchez Garrido y el proyecto de urbanización de la manzana conformada por las calles Avenida de Marqués de la Valdavia, Avenida de España y calle dos de mayo aprobado en 1974, que se han descrito como parcelas segregadas en el apartado anterior, parcela n.o 1, red viaria y parcela n.o 2, zona de recreo.

3. Solicitar certificación de dominio y cargas al Registro de la Propiedad de las indicadas parcelas, solicitando que mediante el asiento que corresponda se deje constancia de la incoación del presente procedimiento.

4. Notificar el Decreto a la mercantil Inmuebles Edelmiro Feliú, S. A., como actual titular registral de los terrenos, a don Raúl López Sánchez, como Presidente del Consejo de Administración de la sociedad, don Ciriaco Sánchez Tardío y doña Sagrario Sánchez Tardío, como vocales de dicho Consejo y herederos a su vez de don Ciriaco Sánchez Garrido, acompañando el Informe Técnico-Jurídico que le sirve de motivación y concediéndoles a todos ellos el plazo treinta días para formular alegaciones en los términos previstos en los artículos 30 y 31 de las normas complementarias al reglamento para la ejecución de la ley hipotecaria aprobadas por el Real Decreto de 4-7-1997.

5. Dar traslado igualmente del presente Decreto a los propietarios de las fincas colindantes y, en concreto, a la Empresa Municipal de la Vivienda, S.A. y a la Mancomunidad de Propietarios de Valdavia, Velarde y Dos de mayo, otorgando idéntico plazo de treinta días para formular alegaciones.

6. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y en la web municipal la presente Resolución, sometiendo el expediente a información pública por el plazo de treinta días.

La presente resolución, por constituir acto de trámite, no es susceptible de recurso conforme determina el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de la posibilidad de efectuar alegaciones o presentar los documentos que se estimen pertinentes en el plazo que se señala en los apartados Tercero, Cuarto y Quinto de esta resolución.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (2.a planta), como asimismo formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 29 de abril de 2019.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/16.002/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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