Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2019

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190527-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

URBANISMO

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San Martín de Valdeiglesias. Urbanismo. Proyecto reparcelación

Iniciado el expediente de reparcelación del SAU-5 de las NN. SS., por Providencia de Alcaldía de fecha 27 de febrero de 2015, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 122 de 25 de mayo de 2015, y en el periódico “La Razón” de fecha 10 de junio de 2015.

Con fecha 18 de enero de 2017, se realizó comunicación y requerimiento a los titulares de derechos afectados y posteriormente se recabó certificación del Registro de la Propiedad del dominio y cargas de las fincas incluidas en la unidad reparcelable.

Con fecha 12 de mayo de 2017, se terminó la redacción del proyecto de cooperación con reparcelación por el equipo redactor.

Por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de noviembre de 2017, se aprobó inicialmente el proyecto de reparcelación referenciado, sometiéndolo a información pública por un plazo de veinte días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de fecha 17 de noviembre de 2017, y en el periódico La Razón, de fecha 17 de noviembre de 2017. Asimismo, se dio audiencia a los interesados por el mismo plazo mediante citación personal, resuelvo:

Primero.—Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación del SAU-5 de las NN. SS. de este municipio.

Segundo.—Notificar este acuerdo a todos los interesados y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el periódico.

Tercero.—Una vez firme en vía administrativa1 el acuerdo de aprobación definitiva de la reparcelación se notificará a todos los interesados y se procederá a otorgar escritura pública o a expedir documento con las solemnidades y requisitos de acuerdo con lo que se dispone en el artículo 113 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Régimen de recursos

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante esta entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

San Martín de Valdeiglesias, a 28 de marzo de 2019.—La alcaldesa-presidenta, María Luz Lastras Parras.

(02/12.732/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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