Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190527-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

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Madrid número 25. Procedimiento 182 de 2018, notificación a Francisca Ruiz Domínguez

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos número 182 de 2018, por no ser conocido el domicilio de doña Francisca Ruiz Domínguez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 6 de febrero de 2019, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 65 de 2019

En Madrid, a 6 de febrero de 2019.—Vistos por doña Ángeles Velasco García, magistrada del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid los autos de divorcio seguidos con el número 182 de 2018, promovidos por la procuradora de los Tribunales doña Ana María Martín Espinosa, en nombre y representación de don Anselmo López Martínez, contra doña Francisca Ruiz Domínguez, declarada en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales doña Ana María Martín Espinosa, en nombre y representación de don Anselmo López Martínez, contra doña Francisca Ruiz Domínguez, declarada en rebeldía, declaro la disolución del matrimonio por divorcio de ambos cónyuges, con los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin que proceda hacer especial condena en costas, estableciendo las siguientes medidas o efectos:

1.o Se atribuye el uso de la vivienda familiar sita en la calle Vía Lusitana, número 134 de Madrid a doña Francisca Ruiz Domínguez.

2.o Don Anselmo López Martínez abonará a doña Francisca Ruiz Domínguez la cuantía de 300 euros mensuales en concepto de pensión compensatoria, cantidad que se hará efectiva el día 25 de cada mes en la cuenta que a tal efecto designe la señora Ruiz Domínguez. Dicha cantidad se actualizara anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC que publique el INE u organismo que lo sustituya, siendo la primera actualización el 1 de enero de 2020. En el supuesto de que el IPC fuera negativo, dicha pensión no experimentará rebaja alguna. La pensión compensatoria se extinguirá con el fallecimiento de don Anselmo López Martínez.

Una vez firme esta resolución, anótese al margen de la inscripción de matrimonio.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Francisca Ruiz Domínguez, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 25 de abril de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/16.803/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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