Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190528-54

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59

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Madrid número 59. Procedimiento 1.633 de 2014, notificación a Vicente Juan Ortuño Martín

EDICTO

Doña Eusebia Martín Cuesta, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 59 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.633 de 2014, instados por la procuradora doña María Salud Jiménez Muñoz, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Castelló, número 14, de Madrid, contra doña Victoria Ortuño Martín, don Vicente Juan Ortuño Martín, doña María del Mar Ortuño Martín, doña María del Carmen Ortuño Martín y herencia yacente de doña Victoria Martín Gómez, en los que se ha dictado en fecha 20 de noviembre de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Vistas y oídas las presentes actuaciones por la señora doña María Victoria Balseiro Diéguez, magistrada-juez de primera instancia del juzgado número 59 de Madrid y su partido, ha pronunciado en nombre de S. M. el Rey la siguiente sentencia número 311 de 2017 (…).

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Salud Jiménez Muñoz, en representación de la comunidad de propietarios de la calle Castelló, número 14, de Madrid, debo condenar y condeno a la herencia yacente de doña Victoria Martín Gómez, de la que forman parte doña Victoria Ortuño Martín, doña María del Carmen Ortuño Martín y otros posibles herederos desconocidos, a que abone a la actora la cantidad reclamada de 8.966,72 euros, que, desde la fecha de la demanda en los precedentes autos de juicio monitorio hasta su completo pago, devengará los intereses legales correspondientes que, desde la fecha de la presente sentencia, serán los previstos en el artículo 576 de la LEC.

Condeno, asimismo, a la herencia yacente demandada, al abono de las costas procesales devengadas en la tramitación del procedimiento en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que no es firme, pudiendo interponer contra ella, ante este Juzgado y para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, Recurso de apelación, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, en la forma determinada por el artículo 458 de la LEC, según redacción otorgada mediante Ley 37/2011, de 10 de octubre, recurso que no será admitido a trámite si no se acreditara suficientemente por la parte interesada en su interposición haber constituido el depósito requerido por la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante LO 1/2009, de 3 de noviembre.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Vicente Juan Ortuño, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 16 de abril de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/17.436/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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