Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190528-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

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Madrid número 8. Ejecución 36 de 2019, notificación a Run Digital Print, S. A., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid.

Hago saber: Que en la ejecución nº 36/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de Dña. JUANA ZURDO ESTEBAN, D./Dña. LARA MONJAS LIRAS, D./Dña. ESTHER MARTINEZ AGUAYO y D./Dña. PEDRO CASILLAS OSORIO frente a RUN DIGITAL PRINT SA y RUNIPRINT SA se ha dictado auto de fecha 24 de abril de 2019 por el que se acuerda despachar ejecución de la sentencia dictada en el procedimiento por despido nº 379/2018, por las cantidades reflejadas en dicha resolución en concepto de principal, e intereses y costas provisionales pendientes de liquidación, resolución contra la que cabe interponer recurso de reposición en los tres días siguientes a la publicación del presente edicto, denegándose asimismo el despacho de ejecución frente a las demandadas RUNNING PRODUCCION SA y MANDALAY MANIPULADOS SL al encontrarse ambas empresas declaradas en concurso de acreedores; dictándose asimismo decreto de medidas ejecutivas con respecto a las ejecutadas RUNIPRINT SA y RUN DIGITAL PRINT SA y asimismo dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y parte ejecutante por plazo de quince días, resolución contra la que las ejecutadas pueden interponer recurso directo de revisión en el plazo de los tres días siguientes a la publicación del presente edicto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a RUN DIGITAL PRINT SA, RUNIPRINT SA y MANDALAY MANIPULADOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.979/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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