Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190603-33

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Decreto del delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social de 16 de mayo de 2019, por el que se acuerda la convocatoria pública de una subvención en 2019 del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación

BDNS (Identif.): 457367

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, inscritas en las secciones 1.a y 2.a del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid, que desarrollen proyectos de carácter territorial que tengan por objeto favorecer la mejora de la calidad de vida, la cohesión social y el reequilibrio territorial en el ámbito de cuatro distritos de la ciudad de Madrid, Moncloa-Aravaca, Chamartín, Salamanca y Arganzuela, según las prioridades que se incluyen en la Línea 2 de las descritas en el proyecto del Plan Estratégico de Subvenciones 2019-2021 del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social.

Segundo. Objeto.—Favorecer actuaciones encaminadas a la creación y fortalecimiento de iniciativas novedosas de cooperación público social de carácter territorial que contribuyan a eliminar los desequilibrios sociales y territoriales existentes, mediante el cuidado y la regeneración de los espacios públicos y los bienes comunes, así como la inserción e inclusión laboral de colectivos desfavorecidos, compartiendo y diseñando una estrategia de desarrollo de su comunidad.

Tercero. Bases reguladoras.—Decreto del delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, de 16 de mayo de 2019, por el que se acuerda la convocatoria pública de una subvención en 2019 del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social para la realización de acciones integradas para favorecer el reequilibrio territorial y la cohesión social en los distritos de Moncloa-Aravaca, Chamartín, Salamanca y Arganzuela.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 1.800.000 euros, 900.000 euros en el año 2019 y 900.000 euros en el año 2020, distribuidos equitativamente entre los cuatro distritos, 225.000 euros para cada uno de ellos cada año.

Cada uno de los proyectos subvencionados no podrá tener un presupuesto inferior a 190.000 euros ni superior a 225.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en adelante, BDNS), pudiendo acceder las entidades a través del siguiente enlace http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y un extracto de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y su sede electrónica https://sede.madrid.es

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como “solicitud” que se adjunta a la presente resolución de convocatoria, que puede ser consultado y, en su caso, descargado en la sede electrónica https://sede.madrid.es

Sexto. Otros datos.—Los proyectos presentados deberán desarrollarse en el ámbito territorial de barrios más desfavorecidos de cuatro distritos de la ciudad de Madrid (Moncloa-Aravaca, Chamartín, Salamanca y Arganzuela).

Cada entidad o agrupación solo podrá presentar un proyecto por distrito, para un máximo de dos distritos. En el caso de presentar más, quedará excluida automáticamente de la presente convocatoria.

La cuantía de las subvenciones se considerarán importes ciertos a los efectos de lo previsto en el artículo 18.1 de la OBRS, entendiéndose que queda de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada.

Madrid, a 16 de mayo de 2019.—El delegado del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, Ignacio Murgui Parra.

(03/18.793/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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