Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2019

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190605-40

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Aspirantes proceso selectivo

De conformidad con lo establecido en las bases generales que regirán los procesos selectivos del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y las bases específicas de las pruebas selectivas convocadas para proveer, por consolidación de empleo temporal, cinco plazas de personal laboral de Educador Infantil del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación nominal de aspirantes excluidos con indicación del lugar donde se encuentran expuestas al público las listas certificadas y completas de aspirantes admitidos y excluidos, aprobada por Decreto de la Concejal Delegada de Personal número 1983/2019, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Primero.—Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas selectivas que se incorporan como anexo a la presente resolución.

Segundo.—Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación exclusivamente de los aspirantes excluidos y las causas que lo han motivado, estableciendo el tablón digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, como lugar donde se expondrán las listas certificadas y completas de aspirantes admitidos y excluidos, de conformidad con lo establecido en la base 5.1 y 5.2.

Tercero.—Tanto los opositores excluidos expresamente, así como los que no figuran en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. En caso de no existir reclamaciones, se elevará la relación provisional automáticamente a definitiva.

Cuarto.—Nombrar como miembros de la Tribunal, a las personas que a continuación se relacionan:

— Presidente: titular, don Carlos Comas Lumbreras, subdirector general de Coordinación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, don Pablo Alonso Hernández, técnico de Administración General del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

— Secretaria: titular, doña María José Espino Cercas, técnico de gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, doña Mercedes Figueroa Villaluenga, Administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

— Vocales:

• Titular: doña Amalia Rivera Gutiérrez, educadora infantil del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, doña Silvia Granados Ulecia, administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña María García Blázquez, jefe de negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, Julián López González, jefe de negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña Rocío Moreno Casado, designada a propuesta de la Comunidad de Madrid; suplente, doña Rosa Gilarranz González, designada a propuesta de la Comunidad de Madrid.

• Titular: doña Sandra María Escorial Blázquez, designada a propuesta de la Comunidad de Madrid; suplente, doña María Adoración Maroto García, designada a propuesta de la Comunidad de Madrid.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015)”.



Boadilla del Monte, a 7 de mayo de 2019.—La primera teniente de alcalde, delegada de Coordinación, Servicios Sociales, Personal y Servicios Jurídicos.

(02/16.783/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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