Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190605-99

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

99
Madrid número 4. Procedimiento 88 de 2019, notificación a Artesanos Carpinteros del Valle de El Paular, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 88 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Constantin Pavel, frente a Taujel, S. L., Artesanos Carpinteros del Valle de El Paular, S. L., y Ligno Opinatus, S. L., sobre despidos/ceses en general, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acta

En Madrid, a 6 de mayo de 2019.—Ante mí, el letrado de la Administración de Justicia, don David Atienza Marcos, del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Comparecen:

Como demandante/s: don Constantin Pavel, con DNI X-5568399-F.

Asistido de letrada doña Elena Raquel Lara Moral, colegiada número 51409.

Como demandadas: Artesanos Carpinteros del Valle de El Paular, S. L., con CIF B-87693396.

Ligno Opinatus, S. L., y Taujel, S. L., con CIF B-28914984.

No comparecen, no constando citados en legal forma.

La parte actora solicita ampliar la demanda en el plazo de cuatro días contra el FOGASA, y que por el Juzgado se cite a la demandada a través de edicto y con su resultado se acordará nuevo señalamiento.

Su señoría, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de la comparecencia señalada para hoy.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, de lo que yo, letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 13 de mayo de 2019.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 9 de mayo de 2019 tiene entrada en Secretaría escrito de la parte actora ampliando la demanda. Paso a dar cuenta. Doy fe.

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 13 de mayo de 2019.

Por presentado el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón. A la vista de su contenido, se tiene por ampliada la demanda contra FOGASA, a la que con traslado de copia de la demanda, se le citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 14 de octubre de 2019, a las 9:50 horas, con advertencia de que habrá de concurrir con los medios de prueba de que intente valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Artesanos Carpinteros del Valle de El Paular, S. L., y Ligno Opinatus, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 13 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.046/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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