Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190607-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 3

66
Fuenlabrada número 3. Procedimiento 881 de 2017, notificación a Noemí Hidalgo Ragles

EDICTO

Doña María Sonia Rica de Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 881 de 2017, instados por el procurador don José Manuel Álvarez Santos, en nombre y representación de Pintacar S. A., contra doña Noemí Hidalgo Ragles, en reclamación de 13.797,18 euros, en los que se ha dictado, en fecha 26 de septiembre de 2018, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña Noemí Hidalgo Ragles, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de sentencia número 225 de 2018.

En Fuenlabrada, a 26 de septiembre de 2018.—Vistos por mí, José Antonio Tejero Redondo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio ordinario de reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado por las partes arriba reseñadas, en base a los siguientes:

Fallo

Estimar totalmente la demanda formulada por el procurador señor Álvarez Santos, en nombre y representación de Pintacar S. A., contra doña Noemí Hidalgo Ragles, y por ello, condenar a doña Noemí Hidalgo Ragles a abonar a Pintacar, S. A, la cantidad de 13.797,18 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de la interposición de la demanda hasta la de esta sentencia, y con posterioridad los intereses del artículo 576 de la LEC.

Las costas procesales de esta instancia serán abonadas por la parte demandada.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2402-0000-04-0881-17 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos: 2402-0000-04-0881-17.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Fuenlabrada, a 21 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.139/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190607-66