Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190611-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

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Madrid número 84. Procedimiento 126 de 2018, notificación a La Mejor Flor Restauración y Hostelería, S. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 126 de 2018, entre Carvisa Energía, S. L. y La Mejor Flor Restauración y Hostelería, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 45 de 2019

Magistrada-juez doña María del Carmen Fernández Luis.—Madrid, a 27 de febrero de 2019.

Vistos por mí, doña María del Carmen Fernández Luis, magistrada del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante este Juzgado con el número 126 de 2018, promovidos a instancias de Carvisa Energía, S. L., representada por la procuradora señora Pérez-Urruti Iribarren, y asistida del letrado señor Camacho González, frente a La Mejor Flor, S. L., en situación procesal de rebeldía, y en virtud de los siguientes:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda presentada por Carvisa Energía, S. L. contra La Mejor Flor, S. L. y, en consecuencia, condeno a la parte demandada a abonar a Carvisa Energía, S. L. la cantidad de 1.226,03 euros, cantidad que devengará el interés legal previsto en el artículo 7.2 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en los términos indicados en el fundamento de derecho tercero, así como el interés legal por mora procesal desde la fecha de la sentencia. Todo ello con expresa condena en costas de las que responderá la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, al no ser susceptible de recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, ilustrísima señora doña María del Carmen Fernández Luis, magistrada del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid.

Y para que sirva de notificación a La Mejor Flor Restauración y Hostelería, S. L., expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de febrero de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.319/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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