Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190611-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1

70
Torrejón de Ardoz número 1. Procedimiento 671 de 2017, notificación a ignorados ocupantes paseo Democracia

EDICTO

Don Conrado Javier González Caballero, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 1 de Torrejón de Ardoz.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento verbal precario número 671 de 2017, instados por la procuradora doña María del Carmen Otero García, en nombre y representación de Fidere Gestión de Vivienda 2, S. L. U., contra ignorados ocupantes vivienda sita en piso cuarto, portal 2, número 10, del paseo de la Democracia, de Torrejón de Ardoz, en los que se ha dictado en fecha 29 de marzo de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Fidere Gestión de Vivienda 2, S. L. U., frente a ignorados ocupantes de la vivienda sita en piso cuarto, letra A, portal 2, del número 10 del paseo de la Democracia de Torrejón de Ardoz, y, en consecuencia, declaro que los demandados ocupan la vivienda objeto del procedimiento sin título alguno y en situación de precario y se declara haber lugar al desahucio por precario, al carecer la parte demandada de título para su ocupación, condenando a esta al desalojo de la vivienda sita en piso 4, letra A, portal 2, del número 10 del paseo de la Democracia, de Torrejón de Ardoz, bajo los apercibimientos legales de lanzamiento, condenando a la parte demandada a desalojar el expresado inmueble, dejándolo libre, vacuo y expedito a disposición del demandante propietario con apercibimiento de lanzamiento si no lo desalojan de forma voluntaria en el plazo de un mes.

Las costas se imponen a ignorados ocupantes de la vivienda sita en piso cuarto, letra A, portal 2, del número 10, del paseo de la democracia de Torrejón de Ardoz.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2704-0000-00-0671-17 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 1 de Torrejón de Ardoz, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2704-0000-00-0671-17.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009, Disposición Adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-Juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ignorados ocupantes vivienda sita en piso cuarto, portal 2, número 10, del paseo de la Democracia, Torrejón de Ardoz, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 29 de abril de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.491/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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