Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 5

56
Fuenlabrada número 5. Procedimiento 51 de 2014, notificación a Wilson Alejandro Chávez Agualongo

EDICTO

D./Dña. BEGOÑA BUENDÍA HERRERA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia núm. 5.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 51/2014 instados por Procurador D./Dña. ANA MARIA VALDAZO DRAGO en nombre y representación de DIDfia. GRACIELA ENITH MAIGUA GAONA contra WILSON ALEJANDRO CHAVEZ AGUALONGO sobre Derecho de Familia, en los que se ha dictado en fecha 28 de noviembre de 2016 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

“FALLO

SE ESTIMA la demanda formulada por GRACIELA ENITH MAIGUA GAONA las siguientes medidas definitivas:

1.a Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores a la madre GRACIELA ENITH MAIGUA GAONA, y la patria potestad en exclusiva, privando al padre de la patria potestad.

2.a No se establece ningún régimen de visitas en favor del padre.

3.a El padre deberá abonar una pensión de alimentos a favor de cada hijo común de 150 euros mensuales (en total 300 euros por los dos hijos), que habrá de ingresar dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que al efecto designe la madre custodia. Dicha cuantía se actualizará anualmente, cada primero de enero, en función de la variación que sufra el IPC, conjunto nacional, que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que pudiera sustituirle. Igualmente debe abonar el 50% de los gastos extraordinarios.

No se hace especial pronunciamiento en costas debiendo cada parte abonar las suyas y las comunes por mitad.

Notifíquese esta Sentencia al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberán interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo en nombre de S.M el Rey de España”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dfia. WILSON ALEJANDRO CHAVEZ AGUALONGO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Fuenlabrada, a 6 de mayo de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMON DE JUSTICIA

(03/18.966/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-56