Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190612-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARANJUEZ NÚMERO 4

68
Aranjuez número 4. Procedimiento 245 de 2018, notificación a Janine de Jesús Sousa

EDICTO

D./Dña. ADELA LÓPEZ MOLINA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1a Instancia num. 4.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio Verbal (250.2) num. 245/2018 instados por Procurador D./Dña. JOSE IGNACIO LOPEZ SANCHEZ en nombre y representación de D./Dña. ABEL GARCIA MAGRO contra D./Dña. JENINE DE JESUS SOUSA en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 05/12/2018 sentencia, cuyo particulares son los siguientes:

SENTENCIA N° 189/2018

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARÍA BEGOÑA GARCÍA MUÑOZ.

Lugar: Aranjuez.

Fecha: cinco de diciembre de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, DOÑA MARIA BEGOÑA GARCIA MUÑOZ, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° cuatro de Aranjuez, los autos de juicio verbal seguidos con el número 245/18, a instancias de D. ABEL GARCÍA MAGRO, representado por el Procurador D. JOSE IGNACIO LÓPEZ SÁNCHEZ, y asistido por el Letrado D. EMILIO RAMOS RUIZ, contra Da JENNIE DE JESUS SOUSA, en situación procesal de rebeldía en los presentes autos, sobre reclamación de cantidad, dicto esta sentencia a la que sirven de premisas los siguientes,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. JOSE IGNACIO LÓPEZ SÁNCHEZ, en nombre y representación de D. ABEL GARCÍA MAGRO, contra D.a JENNIE DE JESUS SOUSA, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a Da. JENNIE DE JESUS SOUSA a abonar a D. ABEL GARCÍA MAGRO la suma de 669,17 euros (seiscientos sesenta y nueve euros con diecisiete céntimos), intereses legales y al pago de las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno al ser de cuantía inferior a 3.000 euros conforme al art. 455 de la LEC.

Llévese el original al Libro de Sentencias dejando testimonio en las actuaciones. Así lo acuerdo, mando y firmo.

LA MAGISTRADA JUEZ

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada D./Dña. JENINE DE JESUS SOUSA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, gozando la parte actora Abel Garcia Magro del Beneficio de Justicia Gratuita.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Aranjuez, a 15 de abril de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.911/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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