Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190614-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

113
Madrid número 10. Procedimiento 736 de 2018, notificación a I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S. L. U.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 736/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALBERTO MATEO SÁNCHEZ y D./Dña. CRISTINA RUBIO PÉREZ frente a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU y I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en Sentencia de fecha 23/01/2019, consistente en haber incurrido en defecto material, en los siguientes términos:

DONDE DICE “MATEO SANCHEZ ALBERTO:22.09.2016/1.665,23 euros brutos”, DEBE DECIR “MATEO SANCHEZ ALBERTO:22.09.2016/2.340,00 euros brutos”.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias con auto de aclaración y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA FATIMA BEARDO OLIVARES.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO, S.L.U, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.705/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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