Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190614-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

86
Madrid número 66. Procedimiento 601 de 2018, notificación a Orlando Herrero Ricardo

EDICTO

En el Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid se sigue procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 601 de 2018, a instancias de doña Queysis María Sánchez Rodríguez, contra don Orlando Herrero Ricardo, sobre medidas derivadas de separación o divorcio.

En virtud de lo acordado en los autos número 601 de 2018, por no ser conocido el domicilio de don Orlando Herrero Ricardo, por resolución del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 7 de mayo de 2019, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 176 de 2019

En Madrid, a 7 de mayo de 2019.—Han sido vistos por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia número 66 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 601 de 2018, promovidos a instancias de doña Queysis María Sánchez Rodríguez, representada por el procurador don Miguel Rodríguez Marcote y defendida por la letrada doña María Cristina Fernández Martín, contra don Orlando Herrero Ricardo, declarado en rebeldía. Sobre relaciones paterno-filiales. Autos en los que ha intervenido el ministerio fiscal. Recayendo en ellos la presente resolución en base a los siguientes:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Miguel Rodríguez Marcote, en nombre y representación de doña Queysis María Sánchez Rodríguez, contra don Orlando Herrero Ricardo, debo acordar y acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

1. Se atribuye ejercicio exclusivo de la patria potestad y la guarda y custodia del hijo menor, David, a doña Queysis María Sánchez Rodríguez. La madre queda facultada para decidir todas las cuestiones educativas, sanitarias y administrativas del menor y no necesitará para ello contar con el consentimiento paterno.

2. No se establecen visitas padre e hijo. La madre las gestionará como estime oportuno.

3. Don Orlando Herrero Ricardo abonará en concepto de alimentos para su hijo a la madre la cantidad de 150 euros mensuales, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que indique la señora Sánchez Rodríguez. La pensión de alimentos se actualizará anualmente con arreglo al IPC que publique el INE. La primera actualización se efectuará en el mes de mayo de 2020. Los progenitores abonarán al cincuenta por ciento los gastos extraordinarios de su hijo previo acuerdo sobre la necesidad del gasto y su importe.

Sin pronunciamiento en relación a las costas procesales.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Y para que sirva de notificación a don Orlando Herrero Ricardo expido y firmo la presente.

En Madrid, a 9 de mayo de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.016/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190614-86