Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2019

Sección 1.2.75.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190628-22

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA

ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL

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RESOLUCIÓN 3846/2019, de 18 de junio, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se dispone ampliar la bolsa inicial de la categoría profesional de Educador (Discapacidad Psíquica), a partir del número 501 y en 238 candidatos adicionales acumulando en un único acto tres ampliaciones de las previstas en la base quinta de la resolución 2509/2016, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de dicha bolsa.

ANTECEDENTES

Primero

Con fecha 22 de septiembre de 2016 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución 2509/2016, de 13 de septiembre, de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de una bolsa de trabajo supletoria en el ámbito de dicho organismo autónomo, en las categorías profesionales Educador (Discapacidad Psíquica) y Técnico Auxiliar.

En la base quinta de la citada convocatoria se establece que en el supuesto de agotarse para cualquiera de las dos categorías, la bolsa podrá irse ampliando sucesivamente de 100 en 100 candidatos adicionales, con mejor puntuación.

Segundo

Este organismo debe hacer uso de la habilitación que le confiere la base quinta citada, ante la inexistencia de candidatos disponibles entre los quinientos que formaron la Bolsa inicial de la categoría profesional Educador (Discapacidad Psíquica), de conformidad con la mencionada convocatoria.

Tercero

A la vista de esta circunstancia, que ha de relacionarse con el elevado volumen de necesidades de contratación que tiene esta Agencia, por motivos de eficiencia y de eficacia de la organización administrativa y para garantizar la gestión óptima de la bolsa y evitar futuras demoras innecesarias en la contratación temporal del organismo, por la presente se acumulan, en un único acto, tres ampliaciones. En consecuencia, se amplía en 238 el número de candidatos de la bolsa, en previsión de que una ampliación de 100 candidatos implique un nuevo agotamiento a muy corto plazo.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con la competencia atribuida por el Acuerdo de 25 de abril de 2006 del Consejo de Administración, por el que se deleguen competencias en materia de personal en el Gerente,

RESUELVO

Aprobar y publicar como Anexos I, los listados de los 238 candidatos con mejor puntuación siguientes a los quinientos que formaron la bolsa inicial de Educador (Discapacidad Psíquica), conforme a lo establecido en la base quinta de la Resolución 3509/2016, de 13 de septiembre, de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprobaron las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de una bolsa de trabajo supletoria de las categorías profesionales Educador (Discapacidad Psíquica) y Técnico Auxiliar en el ámbito de dicho organismo autónomo.

Los 238 candidatos se incorporan a la bolsa desde el número 501.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, protestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación de la misma sin perjuicio de ejercitar cualquier otra acción que se estime procedente.

Madrid, a 18 de junio de 2019.—El Consejo de Administración del AMAS, PD (Acuerdo del Consejo de Administración de 25 de abril de 2006, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de mayo de 2006), el Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, Carlos Blanco Bravo.

(03/23.036/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.75.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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