Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
02-07-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190702-47

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

47
Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Suspensión estacionamiento MADO 2019

Decreto 303, de 20 de junio de 2019, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueban las medidas temporales de suspensión del régimen general de funcionamiento del estacionamiento regulado como consecuencia de las restricciones de estacionamiento acordadas con motivo de la celebración del MADO 2019.

Mediante Acuerdo adoptado en su sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2016, el Pleno del Ayuntamiento declaró la Manifestación y las Fiestas de Madrid Orgullo (MADO) como de especial significación ciudadana e interés general para la ciudad de Madrid.

La celebración de las actividades de la gran fiesta del Orgullo LGBT, MADO 2019, que se celebrará en el Barrio de Chueca y algunas de las principales calles de Madrid congregará a un elevado número de personas, sobre todo a partir del día 4 de julio, lo que conllevará saturaciones del espacio público que tendrán inevitables repercusiones en la movilidad peatonal y motorizada. Por ello, con el objetivo de que los actos previstos durante la celebración de este evento transcurran sin incidentes y a fin de garantizar la seguridad de la ciudadanía y la movilidad, por Resolución de 19 de junio de 2019, del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2019, los días 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de julio de 2019, se establecen distintas medidas de seguridad, en horarios y espacios concretos.

La citada Resolución impone una prohibición de estacionamiento desde las 18:00 horas hasta las 23:59 horas del día 3 de julio en la plaza de Pedro Zerolo y en determinadas vías adyacentes, prohibición que por su escasa incidencia territorial y temporal no afecta al régimen general del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Sin embargo, junto con tal medida se adopta la prohibición de estacionamiento desde las 17:00 horas del 5 de julio hasta las 9:00 horas del día 7 de julio de 2019 dentro del perímetro de seguridad del Barrio de Justicia del Distrito Centro -Distrito 01, Barrio 14, comprendido entre las calles Hortaleza, Fernando VI, Bárbara de Braganza, paseo de Recoletos, Alcalá y Gran Vía, y que afecta a las calles y plazas interiores de dicho perímetro, medida que por afectar a una gran parte de un barrio de los incorporados al Área de Estacionamiento Regulado —Anexo I de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018— requiere de la adopción de medidas extraordinarias en tal sentido.

De conformidad con el artículo 49.1 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid mediante Acuerdo de 5 de octubre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de octubre de 2018), el SER se configura como instrumento para la asignación de un recurso escaso como es el espacio de estacionamiento de vehículos en vía pública, promoviendo la adecuada rotación, así como una herramienta para impulsar la movilidad sostenible al integrar consideraciones de sostenibilidad en los criterios de asignación.

El SER tiene por objeto la gestión, regulación y control del estacionamiento de vehículos en determinadas zonas y plazas de la vía pública en la ciudad de Madrid, con la finalidad de racionalizar y compatibilizar el uso del espacio público y el estacionamiento de vehículos.

El apartado 2 del mismo precepto determina que el ámbito territorial sujeto al estacionamiento limitado de vehículos se corresponde con el Área de Estacionamiento Regulado, que se subdivide conforme a la delimitación por barrios recogida en el Anexo I.

Es innegable que las especiales medidas de seguridad adoptadas por esta Administración, al amparo de sus competencias, en las presentes circunstancias especiales en las que se prevé un incremento excepcional de personas en el centro de la ciudad, constituyen motivos suficientemente justificados para alterar el normal funcionamiento de determinados servicios municipales, como en el presente caso el SER, de acuerdo con la primacía de los derechos fundamentales que tales medidas persiguen, los derechos a la integridad física, a la libertad y a la seguridad.

Es por ello que se hace necesario, en los términos anteriormente expuestos, suspender temporalmente el régimen general del SER dentro del perímetro de seguridad del Barrio de Justicia del Distrito de Centro, no pudiendo, en consecuencia, utilizarse las plazas del SER por ningún usuario, en aplicación de la prohibición general de estacionamiento ordenada por la Resolución de 19 de junio de 2019, del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, por la que, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2019, los días 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de julio de 2019, se establecen distintas medidas de seguridad en horarios y espacios concretos.

No obstante, es objetivo primordial de esta Administración tratar de resolver los inconvenientes que tal suspensión conlleva a los titulares de autorización de estacionamiento de residentes de dicho barrio, toda vez que, estando al corriente de las obligaciones administrativas y fiscales que la normativa municipal sobre regulación del estacionamiento les impone, se verán privados durante los días de suspensión del servicio de la facultad de estacionar en su barrio de residencia. En consecuencia, por el presente Decreto se dispone, como una de las medidas a adoptar por la suspensión del régimen general del SER en el perímetro de seguridad del Barrio de Justicia, la alteración del régimen de estacionamiento de los residentes de dicho barrio que podrán estacionar, desde las 9:00 horas del viernes día 5 de julio hasta las 15:00 horas del sábado día 6 de julio de 2019, tanto en plazas verdes como en plazas azules de cualquier otro barrio incluido en el Área de Estacionamiento Regulado del Anexo I de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

Cabe destacar que, de acuerdo con el artículo 49.6 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, podrá suspenderse completa o parcialmente la aplicación del régimen general de funcionamiento del Servicio de Estacionamiento Regulado en la totalidad o en parte de su ámbito territorial mediante Decreto de la persona titular del Área de Gobierno competente en la materia del Servicio de Estacionamiento Regulado motivado por razones de seguridad.

En virtud del apartado 3.o.2.1 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, corresponde al titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad establecer prohibiciones o limitaciones a la circulación o estacionamiento de vehículos en las vías públicas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad y en la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

DISPONGO

Primero.—Suspender temporalmente desde las 17:00 horas del viernes día 5 de julio hasta las 15:00 horas del sábado día 6 de julio de 2019, con motivo de las medidas extraordinarias de restricción del estacionamiento adoptadas por la celebración del “Madrid Orgullo” MADO 2019, el régimen general del Servicio de Estacionamiento Regulado dentro del perímetro del Barrio de Justicia (Barrio 14 del Distrito 01 del Área de Estacionamiento Regulado - Anexo I de la Ordenanza de Movilidad Sostenible) comprendido entre las calles Hortaleza, Fernando VI, Bárbara de Braganza, paseo de Recoletos, Alcalá y Gran Vía, no pudiendo, en consecuencia, utilizarse las plazas del SER por ningún usuario, en aplicación de la prohibición general de estacionamiento ordenada por la Resolución de 19 de junio de 2019 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid por la que, con motivo de la celebración del Madrid Orgullo (MADO) 2019, los días 3, 4, 5 ,6, 7 y 8 de julio de 2019, se establecen distintas medidas de seguridad, en horarios y espacios concretos.

Segundo.—Autorizar a los residentes del SER del Barrio de Justicia que dispongan de la oportuna autorización de estacionamiento para residentes en vigor, conforme los artículos 50.1 y 52.1 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que de forma excepcional, desde las 9:00 horas del viernes día 5 de julio hasta las 15:00 horas del sábado día 6 de julio de 2019, puedan estacionar tanto en plazas verdes como en plazas azules de cualquier otro barrio incluido en el Área de Estacionamiento Regulado del Anexo I de la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

Tercero.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín del Ayuntamiento de Madrid”, así como en el sitio web municipal www.madrid.es

Cuarto.—Dar traslado del presente Decreto a los adjudicatarios del Contrato Integral del Servicio Público de Movilidad para que adopten las medidas necesarias para su cumplimiento y, en particular, den instrucciones al personal encargado del control de estacionamiento regulado para que observen las medidas excepcionales recogidas en el presente Acuerdo, en especial, en lo que afecta a los residentes del Barrio de Justicia que dispongan de la oportuna autorización de estacionamiento para residentes en vigor, cuando estacionen en cualquier plaza del resto del Área de Estacionamiento Regulado.

Madrid, a 20 de junio de 2019.—El delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.

(03/22.910/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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