Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190712-148

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

148
Madrid número 32. Procedimiento 72 de 2019, notificación a José María Sánchez Vílchez

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. DAVID ATIENZA MARCOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 72/2019 - 0001 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FERNANDO LUJAN DE FRIAS frente a D./Dña. JOSE MARIA SANCHEZ VILCHEZ sobre Cuenta de abogado se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 207/2019

DECRETO

En Madrid, a siete de marzo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por D./Dña. FERNANDO LUJAN DE FRIAS, se presentó reclamación de los honorarios adeudados por su defendido D./Dña. JOSE MARIA SANCHEZ VILCHEZ, en relación a su actuación en el Procedimiento Ordinario 441/2018.

SEGUNDO.- El deudor fue requerido, para que, en el plazo de diez días, pagara la cantidad reclamada 150 euros, o impugnara la minuta; ha transcurrido el plazo sin que se haya efectuado el pago ni presentado oposición.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- No habiéndose formulado oposición dentro del plazo establecido, ni abonado la cantidad reclamada, procede, para posibilitar lo dispuesto en el art. 35.3 LEC, acordar la terminación del presente expediente y dar traslado al abogado para que inste, en legal forma, el despacho de ejecución (arts. 549.2 y 551 LEC).

PARTE DISPOSITIVA

Procédase al archivo de la presente cuenta de abogado instada por D./Dña. FERNANDO LUJAN DE FRIAS, frente a D./Dña. JOSE MARIA SANCHEZ VILCHEZ, determinándose como cantidad debida por éste la suma de 150 euros.

Dese traslado al referido Abogado para que inste, en legal forma, el despacho de ejecución, bastando la mera solicitud y la identificación de la presente.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno, pero que no prejuzga, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiera recaer en juicio ordinario ulterior.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. DAVID ATIENZA MARCOS

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JOSE MARIA SANCHEZ VILCHEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de junio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.273/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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