Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2019

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190712-36

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019, habiéndose procedido del día 15 de junio de 2019 a la constitución de la nueva Corporación Local, mediante resolución de Alcaldía Presidencia 136, de 20 de junio de 2019, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Delegar en los concejales que se señalan a continuación las competencias que corresponden a esta Alcaldía. Las delegaciones comprenderán con carácter general las siguientes funciones:

— La competencia para gestionar los servicios propios comprendiendo el impulso, la supervisión y vigilancia del cumplimiento y ejecución de las actuaciones y políticas propias en las materias de su competencia.

— Dictar instrucciones en las materias propias de las competencias.

— La dirección funcional del personal que preste servicios en los centros propios o en las dependencias adscritas directa o funcionalmente a cada Concejalía, sin perjuicio de la superior dirección del alcalde y de la dependencia orgánica del titular de la Concejalía en materia de Recursos Humanos.

— Autorización de matrimonios civiles.

— Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos Boletines Oficiales en materia de su competencia.

Segundo.—Delegar las áreas y materias de Hacienda, Patrimonio, Festejos, Nuevas Tecnologías y Atención al Ciudadano al concejal don Ignacio Parra Díaz. Esta delegación integra las siguientes materias y facultades:

— Presupuestos.

— Ordenanzas fiscales.

— Oficina tributaria.

— Política financiera.

— Aprobación de las propuestas de gasto (contratos menores) a propuesta de las diferentes concejalías.

— Servicio de inventario y patrimonio municipal.

— Incoación y resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial y de reclamación de daños patrimoniales.

— Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).

— Organización de fiestas y festejos taurinos.

— Impulso y dirección de los proyectos relacionados con la aplicación de las nuevas tecnologías e impulso de administración electrónica.

— El seguimiento e impulso en su resolución de las reclamaciones, quejas y sugerencias de los vecinos.

Tercero.—Delegar las áreas y materias de Régimen Interior, Contratación, Protocolo, Cultura, Voluntariado y Protección Civil, Igualdad y Mujer y Asociaciones, a la concejala doña Vanesa Herranz Benito. Esta delegación integra las siguientes facultades y materias:

— Organización interna.

— Contratación y compras centralizadas.

— Seguros municipales.

— Estadística.

— Relaciones con los juzgados.

— Ocupaciones de vía pública sin finalidad lucrativa.

— Archivo.

— Relaciones protocolarias e institucionales con entidades públicas y privadas.

— Biblioteca.

— Centros culturales, cívicos y salas municipales de exposiciones.

— La dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades musicales del municipio en general.

— Relaciones con las Asociaciones del Municipio.

— Impulso de políticas de igualdad de género.

— Voluntariado.

— Emergencias y Protección Civil.

Cuarto.—Delegar las áreas y materias de Urbanismo, Medio Ambiente, Educación y Atención a los Mayores a la concejala doña Soledad del Valle Bodas. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Preparación de los expedientes para el otorgamiento de licencias por uso el suelo, construcción y edificación, órdenes de ejecución y calificación ambiental de actividades, sin perjuicio de su aprobación por el órgano competente.

— La elaboración de los instrumentos de planificación y gestión urbanística de todo tipo, antes de su paso a los órganos competentes para su aprobación.

— Control de actividades ilegales.

— Relaciones y coordinación con la Empresa Municipal del Suelo, Patrimonio e Infraestructuras de El Escorial.

— Sostenibilidad y protección del medio ambiente.

— Control, calidad y evaluación medio ambiental.

— Aguas residuales y control de vertidos.

— Participación en la programación de la enseñanza.

— Cooperación y coordinación con la administración educativa.

— Vigilancia de la escolaridad obligatoria.

— Educación infantil (escuelas infantiles).

— Actividades extraescolares.

— Atención a los mayores.

— Dirección del centro de Mayores.

Quinto.—Delegar las áreas y materias de Deportes, Juventud, Servicios Sociales, Inmigración, Familia e Infancia y Medios de Comunicación a la concejala doña María Victoria Alonso Agrelo. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Iniciativa e impulso en las políticas de deporte.

— Iniciativa e impulso en las políticas de juventud.

— Inmigración.

— Relaciones y coordinación con la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste.

— Dependencia, discapacidad, familia e infancia.

— Relaciones con los medios de comunicación.

Sexto.—Delegar las áreas y materias de Comercio, Industria, Empleo, Urbanizaciones, Desarrollo Local y Turismo a la concejala doña María Teresa Bertomeu Hernández. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Ventanilla Única Empresarial.

— Formación empresarial y fomento de la economía local.

— Mercadillos y venta ambulante, ferias y muestras.

— Relaciones con los representantes de las urbanizaciones del término municipal.

— Aprobación de solicitudes de subvenciones de las diferentes Concejalías a otras entidades, siempre y cuando no impliquen la asunción de nuevas competencias por delegación o encomienda de gestión por otras Administraciones Públicas, así como la aprobación de la justificación y su rendición ante la entidad correspondiente.

— Promoción turística del municipio.

Séptimo.—Delegar las áreas y materias de Recursos Humanos, Seguridad, Tráfico, Transportes, Sanidad y Consumo a la concejala doña Marta de la Vera Arias. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Seguridad Ciudadana.

— Sanciones por infracción de tráfico incluyendo la incoación y resolución de los expedientes sancionadores por infracción de la Ordenanza de Circulación.

— La tramitación de los expedientes sancionadores y la imposición de sanciones por infracciones de la siguiente normativa:

• Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, en los términos previstos en el artículo 32.3.

• Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, en los términos previstos en el artículo 61.

• Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales.

— Gestión de Recursos Humanos: selección, provisión, situaciones, incompatibilidades, instrumentos de ordenación, negociación colectiva, jornadas y horarios.

— Acción social.

— Seguridad, salud y prevención de riesgos.

— Movilidad y Transportes.

— Promoción de la salud y educación para la salud.

— Servicios de Protección al consumidor y OMIC”.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En El Escorial, a 26 de junio de 2019.—La concejal-delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.

(03/23.889/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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