Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190723-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

52
Madrid número 85. Procedimiento 363 de 2018, notificación a Niobel Pineda Sánchez

EDICTO

Don Enrique Cilla Calle, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos no matrimoniales no consensuados, número 363 de 2018, instados por la procuradora doña María del Carmen Olmos Gilsanz, en nombre y representación de doña Nieves Mercedes González Medina, contra don Niobel Pineda Sánchez, en los que se ha dictado, en fecha 20 de mayo de 2019, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Nieves Mercedes González Medina, representada por la procuradora doña María del Carmen Olmos Gilsanz, contra don Niobel Pineda Sánchez, en situación procesal de rebeldía, se acuerda:

1. Atribuir la guarda y custodia del hijo menor a la madre.

2. Se priva a don Niobel Pineda Sánchez de la patria potestad sobre su hijo menor.

3. No ha lugar a fijar régimen de visitas del menor con su padre.

4. Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos del hijo.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la LEC.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3459-0000-39-0363-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberán ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 3459-0000-39-0363-18.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortativo al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de nacimiento del menor, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Niobel Pineda Sánchez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica, está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 3 de julio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/25.568/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190723-52