Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190813-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Lozoya. Régimen económico. Retribuciones miembros Corporación

El Pleno del Ayuntamiento, en su sesión extraordinaria de 3 de julio de 2019, aprobó el régimen de retribuciones y dedicación de los miembros de la Corporación y régimen de indemnizaciones que dice así:

“Mediante providencia de Alcaldía, de 22 de junio de 2019, se dispuso la emisión del informe de Secretaría-Intervención sobre la normativa aplicable y el procedimiento a seguir, así como la existencia de consignación presupuestaria suficiente y adecuada, que se emitió con fecha 22 de junio de 2019.

A la vista del citado informe y de las limitaciones que en el mismo se establecen según la legislación aplicable, esta Alcaldía, desde el punto de vista de la organización interna.

Por todo ello, por la Alcaldía se propone al Pleno la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.—Establecer a los miembros de la Corporación una indemnización de 50 euros por asistencia a los Plenos municipales, ya sean ordinarios como extraordinarios.

Segundo.—Establecer una compensación económica a favor de los miembros de la Corporación de 70,00 euros por asistencia para realizar gestiones relacionadas con el cargo tanto ante organismos oficiales del Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamientos, Mancomunidades, Federaciones, cursos de formación, seminarios, etc., a tal habrá que indicarse el organismo al que asiste, para lo cual se deberá contar con previa autorización de la Alcaldía.

Tercero.—La compensación económica del punto anterior se entiende si el miembro de la Corporación se desplaza con su vehículo, en el caso de que el desplazamiento se realice en vehículo municipal a la cantidad de 70,00 euros habrá que restarle el importe que resulte de multiplicar el número de kilómetros por 0,19 euros”.

Lozoya, a 29 de julio de 2019.—El alcalde, Carlos Ruiz González.

(03/27.968/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190813-54