Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190822-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 1

105
Valencia número 1. Procedimiento 418/2016

EDICTO

Doña María José Navarro Melchor, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos sobre despidos/ceses en general [DSP] número 418 de 2016, a instancias de Pedro Javier Pérez Nalda, contra FOGASA, Unipapel, S. L. U.; Delion Holding Spain, S. L.; Adveo España, S. A.; Santiago (administrador concursal) Oliveros Lapuerta; Investiment Monitoring Services, S. L.; Martin Gruschka; Adveo Grupo Internacional, S. A.; Continuum, S. A.; FTI & Parteners Corporate Recovery Spain, S. L. P.; Solventlex, S. L. P.; y Springwater Capital LLC, en el que, por medio del presente se cita a Unipapel, S. L. U.; Springwater Capital LLC; Martin Gruschka, quienes se hallan en ignorado paradero, para que comparezca ante este Juzgado de lo social, sito en la avenida del Saler, 14, segundo amarilla, al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 29 de enero de 2020, a las 10:35 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes, y asimismo, y de conformidad con el artículo 59.2 de la LRJS, las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso, o resuelva un incidente, o cuando se trate de un emplazamiento.

En Valencia, a 25 de julio de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia.

(03/28.770/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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