Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2019

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190822-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Moralzarzal. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Aprobado definitivamente al no haberse presentado reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria 18-5034/2019. Crédito extraordinario para inversiones a financiar con cargo al Remanente de Tesorería General 2018. Expediente, aprobados por el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 4 de julio de 2019, y expuesto al público de forma inicial en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163 de fecha 11 de julio de 2019, página 163. A los efectos del artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta resumen por capítulos del Presupuesto, una vez incorporada la modificación aprobada y según el siguiente detalle:

Expediente de crédito extraordinario por importe de 1.543.550,17 euros propuesto, según el siguiente cuadro:

Contra la aprobación definitiva de este expediente, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo Contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.

En Moralzarzal, a 7 de agosto de 2019.—La alcaldesa-presidenta accidental, Gema Duque Duque.

(03/28.587/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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