Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
03-09-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190903-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

92
Madrid número 18. Procedimiento 325/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 325 de 2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Carretero Martínez frente a Instalaciones de Electricidad y Comunicaciones, S. L., y FOGASA, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda aclarar el fallo de la sentencia, quedando redactado del tenor literal siguiente:

Fallo

1. Estimando la demanda presentada por doña Laura Carretero Martínez frente a Instalaciones de Electricidad y Comunicaciones, S. L., y FOGASA, se declara improcedente el despido, extinguida la relación laboral y se condena a Instalaciones de Electricidad y Comunicaciones, S. L., a abonar a la parte actora la cantidad de 28.573,03 euros como indemnización y como salarios de tramitación los dejados de percibir desde el 1 de febrero de 2019 a la fecha de esta resolución, 6.980,96 euros, y se deducirá al realizar el pago los percibido por desempleo o en otra colocación.

2. Se condena a la empresa Instalaciones de Electricidad y Comunicaciones, S. L., a abonar a doña Laura Carretero Martínez la cantidad de 4.086,56 euros, más 170 euros en concepto de interés por mora.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos. Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Instalaciones de Electricidad y Comunicaciones, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 31 de julio de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.568/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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