Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2019

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191018-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Becerril de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza impuesto bienes inmuebles urbana

En la Secretaría de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 17.1 y 2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se encuentra expuesta al público a efectos de reclamaciones, el expediente relativo a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria, celebrada el día 15 de octubre de 2019.

Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de las citada ordenanza quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo el 49.c de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de Bases de Régimen Local

Becerril de la Sierra, a 16 de octubre de 2019.—El alcalde-presidente, Antonio Herrero Márquez.

(03/34.862/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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