Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191018-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

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Madrid número 85. Procedimiento 634/2018

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia. Divorcio contencioso número 634/2018, instados por el procurador don Silvino González Moreno, en nombre y representación de doña Mirella Tatiana Herrera Chica, contra don Santos Santa Cuevas, en reclamación de divorcio contencioso, en los que se ha dictado, en fecha 23 de septiembre de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por el procurador don Silvino González Moreno, en nombre y representación de doña Mirella Tatiana Herrera Chica, frente a don Santos Santa Cuevas, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Santos Santa Cuevas y doña Mirella Tatiana Herrera Chica, celebrado el día 12 de marzo de 2010, en Palma de Mallorca, con los efectos legales inherente a tal situación, acordando las siguientes medidas:

1.o La atribución de la guardia y custodia de los hijos menores comunes a la madre, doña Mirella Tatiana Herrera Chica, así como el ejercicio de la patria potestad.

2.o No ha lugar a fijar régimen de visitas de los menores con su padre.

3.o Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos de los hijos.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquese la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la LEC.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a la notificación de la presente.

Firme que sea esta resolución, líbrese testimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrada-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Santos Santa Cuevas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.593/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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