Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191022-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3

192
Huelva número 3. Ejecución 127/2018

EDICTO

D/Da SONIA MARIA MARQUEZ PEÑA, letrada de la Administración de Justicia accidental, del Juzgado de lo social numero 3 de Huelva.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 127/2018, a instancia de la parte actora ESTHER COTALLO BLAZQUEZ, contra REAL FORCE S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado DECRETO de 11-09-19 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al ejecutado REAL FORCE S.L. en situación de insolvencia provisional por importe de 21.496,14 euros en concepto de principal (18.335,98 euros correspondientes a salarios de tramitación, 1.792,51 euros en concepto de indemnización y 1.367,65 euros cantidad a la que se condena en Sentencia) más la de 4.300 euros calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos del procedimiento.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes. Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° 1932 0000 30 0127 18 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/33.205/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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