Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
23-10-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191023-142

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 3

142
Albacete número 3. Procedimiento 565/2018

EDICTO

Don Francisco Gómez Nova, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Albacete.

HAGO SABER: Que en el procedimiento despido/ceses en general 565/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña Lina María Manrique Becoche, contra la empresa ERNST AND YOUNG ABOGADOS S. L. P., ALB IFACTORY LAB S. L., IFACTORY GLOBAL LAB S. L., FOGASA FO, ALBACETE DENTAL, S. L., I MESETA SUR UNION DENTAL S. L. U., I MESETA SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S. L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S. L., VICENTE CASTAÑER BLANCO, MAXDUELL GRAN S. L., ANTONIO JAVIER GARCIA PELLICER, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S. L., WESTON HILL INVESTMENTS S. L., y WESTON HILL CAPITAL S. L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA 298/2019

En Albacete, a 15 de julio de 2019.

Vistos por mí, don Antonio Rodríguez González Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 3 de Albacete, los autos seguidos ante este Juzgado bajo el número 565/2018, a instancia de doña Lina María Manrique Becoche, asistida del letrado don Andrés Oñate Parra, contra I MESETA SUR UNIÓN DENTAL S. L. U., IFACTORY GLOBAL S. L., DENTAL GLOBAL MANGAMENT S. L., I MESETA SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S. L., don Vicente Castañer Blanco, don Antonio Javier García Pellicer, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S. L., WESTON HILL INVESTMENTS S. L., y WESTON HILL CAPITAL S. L., que no comparecen, siendo igualmente parte codemandada el FOGASA, que comparece asistido por la Abogacía del Estado, cuyos autos versan sobre despido, atendiendo a los siguientes; y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña Lina María Manrique Becoche, asistida del letrado don Andrés Oñate Parra, contra I MESETA SUR UNIÓN DENTAL S. L. U., IFACTORY GLOBAL S. L., DENTAL GLOBAL MANGAMENT S. L., I MESETA SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLÓGICO S. L., don Vicente Castañer Blanco, don Antonio Javier García Pellicer, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S. L., WESTON HILL INVESTMENTS S. L., y WESTON HILL CAPITAL S. L., que no comparecen, siendo igualmente parte codemandada el FOGASA, que comparece asistido por la Abogacía del Estado, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del que ha sido objeto la parte demandante, con fecha de efectos 25 de julio de 2018, y en su virtud las mercantiles codemandadas deberán abonar, conjunta y solidariamente a la actora, en concepto de indemnización, la cantidad de 377,59 euros.

El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.

Esta sentencia no es firme, contra ella cabe recurso de suplicación para ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el cual deberá anunciarse en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, por escrito, o comparecencia ante este Juzgado de lo Social.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. señor don Antonio Rodríguez González, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social número 3 de Albacete.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ERNST AND YOUNG ABOGADOS, S. L. P., ALB IFACTORY LAB S. L., IFACTORY GLOBAL LAB S. L., LINA MARIA MANRIQUE BECOCHE, ALBACETE DENTAL, S. L., I MESETA SUR UNION DENTAL S. L.U., I MESETA SUR DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO S. L., DENTAL GLOBAL MANAGEMENT, S. L., VICENTE CASTAÑER BLANCO, MAXDUELL GRAN S. L., ANTONIO JAVIER GARCIA PELLICER, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT S. L., WESTON HILL INVESTMENTS S. L., WESTON HILL CAPITAL S. L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Albacete, a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/33.178/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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