Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
23-10-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191023-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

87
Madrid número 15. Ejecución 191/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Dolores Marín Relanzón letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n° 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 191/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE JHOVANY OCAMPO CASTAÑO, D./Dña. VIRGINIA ROMAN RUIZ, D./Dña. ESTEBAN ANDRES CHIPUXI MARTINEZ y D./Dña. SILVIA MOLINA PEREZ frente a GLOBAALTRANS LOGISTICA Y DISTRIBUCION, S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 14.047,78 euros de principal; 1404 de intereses y 1404 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado GLOBAALTRANS LOGISTICA Y DISTRIBUCION, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2513-0000-64-0191-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GLOBAALTRANS LOGISTICA Y DISTRIBUCIÓN ,S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.241/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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