Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191024-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

52
Madrid número 1. Procedimiento 110/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 110/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NERIDANIA GARCIA MATEO, frente a ABSANCHEZ SL, y FOGASA, sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Auto, cuyo contenido se adjunta.

AUTO

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de fecha 06/09/2019, consistente en los que se detallan a continuación, en los siguientes términos:

En toda la sentencia, la subsanación afecta a:

— Las menciones a Ybelice Reyes Martínez se entenderán referidas a Neridania García Mateo.

— El salario correspondiente es de 1.298,22 euros; la antigüedad queda referida desde el 29/6/17.

— El despido queda efectuado en la fecha de 23 de diciembre de 2018, con una indemnización en el FALLO de 2.031,45 euros, a razón de 41,04 euros como salario diario.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.

DOÑA AMAYA OLIVAS DIAZ

LA MAGISTRADA-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ABSANCHEZ SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia, o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.231/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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