Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2019

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191031-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

153
Madrid número 6. Procedimiento 1742/2019

EDICTO

DÑA. Teresa María Marinero Rivera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente 0001742/2019 se ha dictado el presente auto, que en encabezamiento y parte dispositiva dice:

AUTO

En Madrid, a trece de septiembre de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado CARVALHO WANDERLEY MARCOS VINICIUS, dictada por el JUZGADO PENAL Nº 1 DE PONTEVEDRA (EJECUTORIA 000089/2016).

Líbrese testimonio de las presentes actuaciones y remítanse con atento oficio al juzgado JUZGADO PENAL Nº 1 DE PONTEVEDRA, con objeto de que por parte de dicho tribunal se adopte la resolución procedente.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, al penado, y al SGPYMA del CIS JOSEFINA ALDECOA, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el juez o Tribunal sentenciador en los términos previstos en la Disposición Adicional Quinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial.

Firme que sea la presente resolución, llévese a efecto lo acordado en la misma y verificado, procédase al archivo del expediente.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Mª Gracia Rupérez Paracuellos, Magistrado-Juez del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 6 de Madrid. Doy fe.

Y para que conste y sirva de Notificación de auto a CARVALHO WANDERLEY MARCOS VINICIUS, actualmente en paradero desconocido, y para su publicación en el BOCAM, expido la presente en Madrid, a uno de octubre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.692/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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