Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191031-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

55
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de subvenciones 2019 para asociaciones del ámbito de participacion ciudadana que desarrollen actividades de participación en eventos vecinales.

BDNS (Identif.): 478719

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones, fundaciones y entidades análogas debidamente registradas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que desarrollen proyectos de actividades de participación en eventos vecinales.

Segundo. Objeto.—Fomento de actividades de interés público y social que tengan por finalidad potenciar y promocionar la celebración de fiestas vecinales, la creatividad asociativa y participación vecinal, y todas aquellas actividades que fomenten procesos y metodologías que promuevan la participación asociativa, desarrollen la animación sociocultural y el ocio y tiempo libre de los vecinos.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009 y publicada el día 20 de febrero de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es de 2.000,00 euros, con cargo a la partida 178.92400.48000 del presupuesto general del municipio para el año 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de siete días naturales, a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 23 de octubre de 2019.—El concejal-delegado de Participación Ciudadana, José María Tovar Holquera.

(03/35.754/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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