Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191031-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71

82
Madrid número 71. procedimiento 1242/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1242/2018 entre don Miguel García García y don Jorge García García, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda deducida por el procurador don Ignacio Gómez Gallegos, en nombre y representación de don Miguel García García, contra don Jorge García García, en situación de rebeldía procesal, declaro haber lugar totalmente a la misma y, en su virtud, declaro extinguido el condominio entre las citadas partes litigantes, cuyo objeto lo constituye la finca urbana: número 10, piso primero, letra E, de la casa sita en Madrid, calle de Lérida, número 12, situado en la planta primera, inscrita en el Registro de la Propiedad número 6 de los de Madrid, al tomo 2962, libro 2403, folio 53, finca 29622.

Se declara, asimismo, la condición de indivisible de la referida finca, debiendo procederse a su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, o por cualquiera procedimiento de división de cosa común legalmente autorizado, que, en caso de acuerdo entre los copropietarios, se decidiera, el cual ha de respetar necesariamente la proporción de cada parte en el bien indiviso.

Todo ello con expresa imposición de las costas procesales de esta instancia a la parte demandada.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Jorge García García, expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de septiembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.230/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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