Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2019

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191104-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ORUSCO DE TAJUÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

50
Orusco de Tajuña. Organización y funcionamiento. Nombramiento tenientes alcalde

En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Designar como tenientes de alcalde del Ayuntamiento de Orusco de Tajuña a los siguientes concejales:

— Primer teniente de alcalde: doña Vanesa Gracia Tapia.

— Segundo teniente de alcalde: doña Irene Manzano Pérez.

A los tenientes de alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa; y remitir la resolución del nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que se celebre.

Cuarto.—Esta resolución invalida la resolución del pasado día 9 de julio de 2019.

Orusco de Tajuña, a 18 de octubre de 2019.—El alcalde, Esteban Heras.

(03/35.448/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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