Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191104-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 5

70
Valdemoro número 5. Procedimiento 593/2017

EDICTO

Doña Almudena Martín Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Valdemoro.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, modificación de medidas supuesto contencioso número 593/2017, instados por el procurador don Rodolfo García-Mochales Gutiérrez, en nombre y representación de doña María Fernanda Guerrero Mayeza, contra don Edison Fernando Herrera Alquinga, en los que se ha dictado en fecha 9 de octubre de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Parte dispositiva:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña María Fernanda Guerrero Mayeza contra don Edison Fernando Herrera Alquinga, debiendo, en consecuencia, modificar la sentencia número 92 de 2014 dictada en el presente Juzgado, de 6 de junio de 2014, en los autos de medidas paterno-filiales 614 de 2013, en el solo sentido de que el ejercicio de la patria potestad en relación con la menor en común sea ejercida por la madre con carácter exclusivo, continuando esta con la guarda y custodia de la menor.

Todo ello sin hacer expresa condena en costas.

De conformidad con la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, al artículo 458 de la LEC, el recurso de apelación se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.—Doña María Yolanda Bonilla Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Valdemoro y su partido.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la ilustrísima señora juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandad, don Edison Fernando Herrera Alquinga, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Valdemoro, a 18 de octubre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.345/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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