Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191105-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 27 de septiembre de 2019, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a los CEIP de Alcalá de Henares, destinada a los escolares que tengan necesidad de libros y material didáctico, edición curso 2019-2020.

BDNS: 476056

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):

Primero. Beneficiarios.—Escolares pertenecientes a los centros de Educación Infantil y Primaria de Alcalá de Henares, sostenidos con fondos públicos, cuyas familias tengan escasez de recursos económicos, para la adquisición de libros y material didáctico, y así atender a los escolares que carezcan de los mismos.

El decreto 168/2018, de 11 de diciembre, aprueba el reglamento del Programa Accede, sistema de préstamos de libros de texto y material curricular de la Comunidad de Madrid. Por el momento, el Programa Accede no abarca el segundo ciclo de Educación Infantil, ni tampoco algunos libros de trabajo utilizados en el resto de cursos. Asimismo, en algunas ocasiones, las cuantías establecidas por alumno o para situaciones excepcionales resultan insuficientes, por lo que las familias deben asumir esos gastos. La propia Comunidad de Madrid establece, en una resolución del director general de Becas y Ayudas al Estudio, de 31 de mayo de 2019, por la que se dictan instrucciones para la aplicación en el curso 2019-2020 del procedimiento de gestión del Programa Accede, unas pautas de actuación para los alumnos de segundo ciclo de Infantil en situación de desventaja socioeconómica.

Los centros escolares determinarán los alumnos beneficiarios de estas ayudas con el criterio siempre de favorecer a los alumnos en situación de desventaja socioeconómica, para la cual se tendrán en cuenta los criterios establecidos en la disposición 2.2 de la citada resolución de 31 de mayo de 2019.

Segundo. Finalidad.—Concesión de ayudas económicas destinadas a la adquisición de libros y material didáctico para los escolares en situación de desventaja socioeconómica, cuyas familias carecen de recursos suficientes para los gastos de libros y material escolar no cubiertos por el Programa Accede, o cubiertos de forma insuficiente.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de septiembre de 2019, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 30.000 euros.

La Comisión de Valoración determinará la cuantía de las ayudas para los centros solicitantes, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1) El número de alumnos beneficiarios reflejados en las solicitudes.

2) Las ayudas solicitadas, una vez verificada su validación por la comisión de valoración, recibirán la cuantía solicitada de conformidad con la propuesta del equipo directivo, siempre que exista crédito disponible. Se establece una cuantía máxima por alumno de 150 euros.

3) En el caso de que el importe global a que dieran lugar todas las solicitudes supere el crédito disponible, se fijará una cuantía inferior para cada ayuda, siguiendo un modelo de proporcionalidad a la baja, de manera que el importe global final no supere en ningún caso el crédito disponible.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes habrán de entregarse, debidamente cumplimentadas, en el Registro del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, desde el día siguiente al registro de la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, hasta el 31 de octubre de 2019, ambos inclusive.

Sexto. Otros datos.—Estas ayudas resultan incompatibles con cualquier otra que se reciba con la misma finalidad y que, en su caso, cubra la totalidad de los gastos consignados para dicho fin.

Los libros y el material didáctico adquiridos con estas ayudas, pasarán a formar parte del banco de libros del correspondiente centro, con el fin de su reutilización para cursos posteriores, en su caso.

Los centros interesados deberán remitir a la Concejalía de Educación la Solicitud de las ayudas, según el modelo del anexo 1. Asimismo, deberán incluir un certificado del secretario del centro, en el que conste que los escolares para los que solicitan las ayudas se encuentran en situación de desventaja socioeconómica y no disponen de materiales del Programa Accede que cubran sus necesidades de libros y otros materiales total o parcialmente.

Será el propio centro quien realizará la adquisición de los libros y los materiales didácticos que en su caso correspondan, viéndose obligados los centros a justificar la cantidad recibida.

Alcalá de Henares, a 4 de octubre de 2019.—La concejala-delegada de Educación, Diana Díaz del Pozo.

(03/36.338/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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